INVERTÍ EN TIERRA DEL FUEGO

¡Invertir en la provincia más austral del mundo es mucho mejor de lo que imaginás!

Gracias a la Ley 19.640 se establece un régimen especial fiscal y aduanero para Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. A continuación te detallamos todos los beneficios impositivos con los que podés contar:
  • IMPUESTO A LAS GANANCIAS
    La rentabilidad que se obtenga de las operaciones inmobiliarias efectuadas en Tierra del Fuego no está alcanzada por este impuesto nacional.
  • IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE (ITI)
    En Pcia. de Buenos Aires este impuesto está determinado por el 1.5% del monto de la escritura. En Tierra del Fuego este impuesto no existe.
  • IMPUESTOS A LOS BIENES PERSONALES
    Poseer inmuebles en Tierra del Fuego no conforma base imponible para este impuesto como así tampoco se suman a los inmuebles preexistentes en su patrimonio radicado en el resto del país.
  • IMPUESTOS DE SELLO
    Mientras que en la Pcia. de Buenos Aires se incrementa de 2.5% al 3.6% la alícuota aplicable a toda operación relacionada con la transmisión del dominio de inmuebles, en Tierra del Fuego las transferencias de dominio están alcanzadas por este impuesto en un 1%.
  • IMPUESTO A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA
    Los inmuebles radicados en la Provincia no conforman base imponible para tal impuesto como así tampoco se adhieren a los preexistentes en el patrimonio de las personas jurídicas en el resto de país.

EXENTOS

  • Impuesto a la transmisión gratuita de bienes
  • Impuesto sustitutivo del gravamen a la trasmisión gratuita de bienes
  • Impuestos internos
  • Impuesto al valor agregado (IVA)
  • Impuesto nacional de emergencia a las tierras aptas paras explotaciones agropecuarias
  • Impuesto sobre la venta, cambio o permuta de valores mobiliarios
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